Mondiacult 2025
Mondiacult bajo la UNESCO: hacia el reconocimiento del derecho de los pueblos a una cultura digna

La cultura constituye el tejido simbólico y material que sostiene a los pueblos. En ella se preservan las memorias colectivas, las lenguas, las artes, las tradiciones y a plantear sus aspiraciones futuras. No es solo una expresión estética, la cultura, es un espacio de sentido donde se define la identidad y la dignidad de las comunidades. A través de la cultura, los pueblos reafirman su derecho a existir, a preservar sus tradiciones y a proyectar su visión del mundo.
Sin embargo, en un mundo marcado por las tensiones políticas, las desigualdades económicas, las crisis climáticas y las transformaciones digitales, los derechos culturales se ven constantemente amenazados. La homogeneización cultural, el debilitamiento de las lenguas minoritarias, el tráfico ilícito de bienes patrimoniales, la exclusión digital y la mercantilización de la creatividad constituyen riesgos que ponen en entredicho la capacidad de los pueblos para ejercer su soberanía cultural.
En este contexto, Mondiacult, la Conferencia Mundial de Políticas Culturales convocada por la UNESCO, se erige como espacio de reflexión y compromiso para reafirmar que la cultura es un derecho humano fundamental y, como tal, inseparable de la dignidad de los pueblos. Más allá de la retórica, Mondiacult propone un pacto global para situar la cultura en el centro de las políticas públicas y del desarrollo sostenible, recordando que no puede haber paz ni justicia social sin el pleno reconocimiento de los derechos culturales.
Derechos culturales de los pueblos
El derecho de los pueblos a desarrollar una cultura digna no es una concesión, sino una obligación jurídica y ética reconocida en el derecho internacional. La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948, art. 27) establece que toda persona tiene derecho a «tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten». De manera complementaria, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, 1966, art. 15) obliga a los Estados a respetar y garantizar:
- El derecho de todos a participar en la vida cultural.
- El derecho a gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones.
- La protección de los intereses morales y materiales que correspondan a toda persona por las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
A lo largo de las últimas décadas, este marco jurídico se ha enriquecido con otros instrumentos clave:
Convención de la UNESCO sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (2005), que reconoce la diversidad cultural como patrimonio común de la humanidad y otorga a los Estados el derecho soberano de formular políticas culturales para protegerla y promoverla.
Declaración de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural (2001, art. 5), que establece que los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos universales e indivisibles.
Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales (1989, arts. 2, 5 y 28), que garantiza a los pueblos indígenas el derecho a conservar sus costumbres, instituciones y tradiciones, así como a participar en la vida cultural de los Estados.
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007, arts. 11–13), que reconoce el derecho de estos pueblos a practicar y revitalizar sus tradiciones culturales, incluyendo la preservación de su patrimonio y lengua.
En el siglo XXI, estos marcos normativos implican:
- Garantizar la diversidad lingüística y cultural, evitando la desaparición de lenguas minoritarias y promoviendo su enseñanza y uso público.
- Asegurar acceso igualitario a la producción y disfrute cultural, eliminando barreras económicas, tecnológicas o sociales.
- Proteger a los creadores, comunidades indígenas y minorías frente a la apropiación indebida, la explotación comercial y la homogenización cultural derivada de la globalización.
- Promover la participación activa de las comunidades en la gestión de su propio patrimonio cultural, evitando visiones paternalistas o exclusivamente estatales.
Como señaló el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su Observación General nº 21 (2009), el derecho a participar en la vida cultural es inseparable del ejercicio de otros derechos fundamentales, como la educación, la libertad de expresión y el derecho al desarrollo.
Un pueblo sin cultura digna es un pueblo privado de su voz, de su identidad y de su capacidad de dialogar en el concierto de la humanidad. Defender los derechos culturales, por tanto, es defender la dignidad y la soberanía simbólica de los pueblos frente a cualquier forma de dominación o silenciamiento. Sin embargo, ¿es esto siempre así? Conviene que lo meditemos detenidamente.

Cultura en la era digital
La revolución digital ha transformado radicalmente las formas de creación, difusión y consumo cultural. El acceso masivo a Internet, el auge de las plataformas de streaming, el uso de la inteligencia artificial (IA) y el crecimiento de los contenidos en redes sociales han ampliado la participación cultural a escalas inéditas. Nunca antes tantas personas habían tenido la posibilidad de acceder a bibliotecas digitales, exposiciones virtuales o conciertos en línea. Esta democratización del acceso representa una oportunidad histórica para garantizar el derecho a la cultura.
Sin embargo, el entorno digital también genera nuevas desigualdades y riesgos estructurales. La concentración del mercado en manos de unas pocas plataformas globales limita la diversidad cultural y otorga a corporaciones privadas un poder desproporcionado sobre la circulación de contenidos. La brecha digital —que afecta de manera desigual a mujeres, zonas rurales, pueblos indígenas y países en desarrollo— amenaza con excluir a millones de personas del acceso a los bienes culturales digitales. A ello se suma la precarización laboral de los artistas y creadores, que muchas veces no reciben una remuneración justa en entornos dominados por algoritmos y modelos de negocio de bajo retorno.
Informe «Re|Shaping Policies for Creativity»
La protección de los derechos de autor y de la propiedad intelectual constituye otro desafío fundamental. La facilidad de copia y distribución en Internet, sumada a la emergencia de la inteligencia artificial generativa, plantea dilemas éticos y jurídicos sobre la autoría, la retribución y el reconocimiento de las creaciones. La UNESCO, consciente de estos riesgos, ha promovido marcos de acción como el Informe «Re|Shaping Policies for Creativity» (UNESCO, 2022), que subraya la necesidad de políticas públicas adaptadas a la economía digital para garantizar que los ecosistemas creativos sean sostenibles, diversos e inclusivos. En este sentido, la cultura digital debe concebirse como un bien común global, donde:
El acceso abierto a contenidos no excluya la justa retribución de los creadores, garantizando modelos económicos sostenibles que respeten los derechos laborales y autorales.
La alfabetización digital se convierta en política cultural básica, permitiendo a las nuevas generaciones no solo consumir, sino también crear críticamente en entornos digitales.
Las tecnologías digitales se orienten a la preservación y difusión del patrimonio cultural documental y monumental, especialmente frente a riesgos de pérdida por conflictos armados o catástrofes naturales. Ejemplos como los proyectos de la Biblioteca Digital Mundial muestran cómo la tecnología puede ser aliada de la memoria colectiva.
La dignidad cultural en la era digital exige equilibrar innovación con justicia social: la creatividad no puede reducirse a una mera mercancía ni la tecnología a un privilegio de unos pocos. La construcción de políticas digitales inclusivas es indispensable para que la cultura siga siendo un espacio de libertad, diversidad y encuentro humano en el siglo XXI.
El papel de la UNESCO como defensora de la cultura
Desde su creación en 1945, la UNESCO ha sido la principal defensora de la cultura como patrimonio común de la humanidad. Su mandato original, recogido en el Acta Constitutiva, establece que “puesto que las guerras nacen en la mente de los hombres, es en la mente de los hombres donde deben erigirse los baluartes de la paz”. Esa paz solo puede ser duradera, entre otros aspectos, si se construye sobre el respeto a la diversidad cultural, la cooperación intelectual y la preservación del patrimonio.
La UNESCO ha sido pionera en la formulación de instrumentos jurídicos que hoy constituyen la arquitectura global de la protección cultural:
Convención de 1954 para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado (Convención de La Haya), primera en reconocer que la destrucción cultural es un crimen contra la humanidad.
Convención de 1970 sobre las medidas para prohibir e impedir la importación, exportación y transferencia ilícita de bienes culturales, fundamental para frenar el tráfico internacional.
Convención de 1972 sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, que dio origen a la Lista del Patrimonio Mundial, hoy con más de 1.100 sitios inscritos.
Convención de 2003 para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, que protege expresiones vivas como músicas, rituales, conocimientos tradicionales y festividades.
Convención de 2005 sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, que reconoce la soberanía de los Estados para desarrollar políticas culturales en un mundo globalizado.
El papel de la UNESCO es aún más crucial
En un contexto de crisis múltiples —conflictos armados, terrorismo, cambio climático, digitalización desigual, pandemia— el papel de la UNESCO es aún más crucial:
Foro internacional de diálogo cultural. Mondiacult 2022, celebrada en Ciudad de México, reafirmó la cultura como bien público mundial y abogó por incluirla explícitamente en la Agenda 2030 y en la futura agenda de desarrollo de la ONU post-2030.
Coordinadora de políticas de protección. La UNESCO, junto con Interpol y la Organización Mundial de Aduanas, combate el tráfico ilícito de bienes culturales y desarrolla sistemas de alerta temprana para prevenir saqueos y destrucciones en contextos de guerra.
Defensora de la cultura como cuarto pilar del desarrollo sostenible. Durante años, la UNESCO ha abogado por superar la visión tridimensional (económica, social y ambiental) del desarrollo, subrayando que sin la dimensión cultural no puede haber sostenibilidad ni cohesión social.
Guardiana de la memoria y la diversidad. A través del Programa Memoria del Mundo (1992), la UNESCO protege archivos, manuscritos y colecciones documentales de gran valor histórico.
En suma, la UNESCO no solo gestiona convenciones, sino que representa la voz colectiva de la humanidad en defensa de la cultura. Su mensaje es claro: sin cultura no hay paz, ni desarrollo, ni justicia social. Allí donde un monumento es destruido, un archivo se pierde o una lengua desaparece, se erosiona también la dignidad humana.
Por ello, en tiempos de incertidumbre global, el liderazgo de la UNESCO como defensora de la cultura se vuelve más imprescindible que nunca: es y debe seguir siendo, la conciencia internacional que recuerda que la cultura no es un lujo ni un accesorio, sino el núcleo mismo de lo que nos hace humanos.
- Texto ofrecido por gentileza de Maylene Cotto Andino, profesora universitaria, investigadora y activista internacional comprometida con la educación, la preservación del patrimonio documental, la equidad de género y la cultura de paz.